¿Pueden endosarme la deuda a mí?
Resulta que entré en una SL como administrador mancomunado (es decir mi socio era también admin. Mancomunado) y mi socio resultó ser un pirata de mucho cuidado. Antes de darme yo cuenta de esto deje mi móvil como contacto para contratar los móviles de la empresa con Orange y firmamos el contrato (2 líneas, un móvil para cada admin). Al final ha terminado quedando una deuda de 800,00€ que además corresponde a la que fue su línea.
Posteriormente, viendo como iban las cosas con este socio, me dí de baja ante notario como administrador y quedó él sólo como administrador único. Tengo las escrituras de constitución y las del cambio de administrador (las originales en ambos casos).
Orange me estuvo reclamando constantemente a mí pese a que les informaba de que yo no era el administrador y les daba los datos y la dirección del administrador pero ellos insistían en que me tenían a mí como persona de contacto. Finalmente Orange ha vendido la ''cartera de créditos'' (la deuda) a otra entidad para que gestione el cobro de la deuda.
Esta entidad me ha llamado hoy mismo a mi móvil personal amenazándome con que emprenderán acciones legales contra mí para cobrar la deuda pese a que les he tratado de explicar que: yo dejé de ser administrador; quién era el administrador único; y que además la sociedad fue cesada hace tiempo;
Pero hacen oídos sordos y no quieren saber nada del que fue mi socio y sobre quién creo que debiera recaer la responsabilidad, dicen que yo soy el responsable de la deuda.
Yo creo que en el peor de los casos podrían pedirme hacer frente del 50% de la deuda por ser administrador mancomunado en el momento de la firma del contrato con Orange. Pero en ningún caso hacerme responsable a mí del 100% de la deuda.
¿Qué puedo hacer? ¿Algún consejo para defenderme?