Legalizar vivienda obra antigua

Buenos días. Ando intentando legalizar una vivienda construida hace 30 años. Esta vivienda no tiene permisos de obras ni licencias de primera ocupación ya que en aquellos tiempo no se requería nada de esto. La vivienda hasta el año 2005 estaba pagando su contribución correctamente pero en 2005 por no se que cambio, en la oficina del catastro pasa a ser en lugar de vivienda una piscina de 26 metros cuadrados. Ahora me pongo a hacer las escrituras y me doy cuenta de todo el lio que hay. Pues solicito en la oficina del catastro que se rectifiquen los datos y me dirijo al notario para ver que necesito para las escrituras. Me pide un certificado de obra antigua, recibos de luz, agua, basura... Resulta que en el ayuntamiento donde está la casa en cuestión el arquitecto se niega a hacerme ese "certificado de obra antigua" porque dice que no existen en el ayuntamiento ni permisos de obra ni licencia de ocupación (digo yo que si eso existiera yo no necesitaría el certificado de obra antigua) con lo que me tendré que dirigir a otro arquitecto que me lo resuelva.

Pongo en conocimiento que estoy en pleno litigio en la linde de la casa en cuestión y el lindero es intimo amigo del arquitecto en cuestión así que todo lo de la negación me huele a chamusquina. Además el propio lindero me ha especificado con pelos y señales todas las conversaciones y papeles que yo llevé al arquitecto del ayuntamiento (su intimo amigo).

Entonces mis preguntas son las siguientes: Una vez que tenga el certificado de obra antigua puedo ir directamente al notario o bien este documento tiene que ser pasado por el ayuntamiento antes? En caso de que se me vuelva a negar la colaboración del arquitecto en cuestión hay alguna forma alternativa para solucionarlo (vía diputación por ejemplo)? Si no existe esa vía alternativa, hay alguna forma legal que obligue al arquitecto del ayuntamiento a realizar el registro de ese certificado de obra antigua? Y por último, para poder realizar las escrituras tengo que esperar a recibir el próximo año el recibo del IBI ya rectificado o con el resguardo de haber echo la rectificación valdría?

Muchas gracias y perdón por el peñazo pero no he podido comprimir más la historia

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