Pagare avalado

Tengo que realizar un pago de honorarios a un arquitecto. Al solicitarle que me permita fraccionar el pago, me solicita que le pague con pagarés avalados. Que significa "avalado". ¿No es suficiente que firme mi empresa y la fecha en la que me comprometo a que haga efectivo ese pagaré? ¿Quién tiene que avalar? ¿De qué manera se formaliza?
Gracias.
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Arquitecto está salvaguardándose el derecho de cobro del pagaré por si cualquier causa no se pudiera hacer efectivo su pago.
Avalado es un procedimiento por el cual una persona, responde del pago de ese efecto bancario si el emisor no puede hacerlo por sí mismo. El avalista es el banco normalmente.
Si en ese intervalo de tiempo la empresa entrara en concurso el Arquitecto puede reclamar igualmente el importe del pagaré al avalista, es decir al banco, y ello aunque el avalado haya entrado en concurso, pues no queda liberado por ello conservando el banco acción contra el avalado. Esa es la razón de fondo par pedirlo avalado.
Tendrá que acudir a su entidad financiera y pedir que le avalen los efectos, pero lo anticipo que salvo que el banco cierre los ojos por usted, le harán consttuir un afianzamiento sobre dichos pagarés.
Ruego cierre y valore

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