No pago hipoteca donde vive mi ex mujer con mi hijo y su actual pareja. ¿Qué puede pasar?

En mayo 2009 me separé de mi ex. Tenemos un convenio regulador de un hijo de 5 años. En el mismo, se expone que el uso de la vivienda conyugal corresponde a mi hijo y al progenitor custodio, en este caso la madre. No dice nada del pago de la hipoteca del mismo. He pagado religiosamente la pensión de alimentos y la mitad de la hipoteca, gastos extraordinarios, etc... Pero desde mayo me ha sido imposible pagar la hipoteca, por razones económicas. Ella vive desde principios de año con su actual pareja en el piso, y con mi hijo. También fines de semana alternos con dos hijos más de su actual pareja. En el convenio firmamos la venta del inmueble a los dos años, pero ella se niega. ¿Cómo puedo actuar?

¿Qué pasará si sigo sin pagar la hipoteca? (Ella está pagando mi parte). ¿Puedo exigir a su novio que pague un alquiler con el que sufragar mi parte de la hipoteca? ¿Puedo obligar a mi ex a vender el inmueble a un precio mínimo para liquidar la hipoteca? He presentado demanda para modificación de medidas, para intentar obtener la custodia compartida. ¿Esto afectaría a ese procedimiento? ¿Hay opciones reales de conseguir la custodia compartida? Ella no trabaja, ya que dejó el trabajo. Su novio gana muy bien. Yo trabajo pero tengo buen horario. Además, en el mismo edificio, la madre de mi ex tiene un piso vacío, que no quiere alquilar, así como otras propiedades. ¿Se tiene en cuenta eso en el juicio si solicito el uso de la vivienda para mí? Actualmente vivo de alquiler.

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Vayamos por partes.

Respecto a la hipoteca, en el convenio regulador de la separación no dice nada porque la obligación la tienen con la entidad financiera, y supongo que será al 50% cada uno. Por lo tanto, la deuda la tienen los dos con el banco, y el banco es el único que puede reclamar por el impago de las cuotas.

Si su ex-pareja está pagando las cuotas, en el momento en el que se produzca la venta o se desprendan de la vivienda, ella podrá reclamarle las cantidades que le correspondían a usted. Durante este tiempo también podrá reclamar, pero no le compensará, ya que el juez lo considerará demasiado precipitado, debido a que usted podría haber pagar las siguientes cuotas.

Si en el convenio se estipula que se producirá la venta transcurridos dos años, usted puede acudir al juez para que haga cumplir el acuerdo al que se llegó, produciéndose una venta judicial.

Respecto a la custodia compartida, ahora se está comenzando a aplicar, pero de momento no hay muchas sentencias que la permitan, así que no le puedo decir si saldrá bien. Pero le puedo asegurar que no afectará al tema de la vivienda o la hipoteca, ya que son medidas totalmente distintas, que no tienen que ver una con la otra.

En el juicio haga saber al juez la situación en la que se encuentra cada uno, que ella tiene otras viviendas en las que poder vivir y que usted está obligado a vivir de alquiler, pudiendo vivir en su propiedad. Todas estas cuestiones las abordará el juez, que será el que decida, pero no le puedo adelantar si servirá de algo, eso no está en nuestras manos.

Si su ex-pareja está pagando las cuotas, en el momento en el que se produzca la venta o se desprendan de la vivienda, ella podrá reclamarle las cantidades que le correspondían a usted. Durante este tiempo también podrá reclamar, pero no le compensará, ya que el juez lo considerará demasiado precipitado, debido a que usted podría haber pagar las siguientes cuotas. Podrías explicar esta parte. También resaltar que su abogado me ha remitido un burofax exigiendo esas cuotas desde junio hasta hoy... y que asegura que si no pago, me lleva a juicio. Teniendo en cuenta que ella me debe también otros importes, e incluso del coche y de temas conjuntos, si hay juicio, ¿yo pagaría las costas? Y ¿puedo reclamar a su novio que me pague un alquiler por vivir allí? Respecto a la custodia compartida, ya he presentado la demanda y según parece, Gallardón ha prometido antes de final de año una nueva ley que la posibilitará. ¿si la consigo, puedo optar a la casa, alternativamente?

Usted puede alegar que pensaba pagar las siguientes cuotas, habiendo llegado a un acuerdo con su ex-pareja. Ella paga un año, y usted el siguiente, por ejemplo.

De todas formas, si usted no tiene recursos ni propiedades (aparte de vivienda), ella no le puede embargar nada. Usted analice si le pueden embargar, y vea si le interesa pagar o no, ya que si no hay bienes que puedan ser embargados, no le interesará pagar... que lo vaya pagando ella hasta que usted se encuentre en una mejor situación económica.

Si ella le debe a usted por otros asuntos, intenten llegar a un acuerdo, pueden compensar unas deudas por otras. Sino dígale que usted la demandará a ella.

Respecto al alquiler, no le puede reclamar un alquiler. Tenga en cuenta que la sentencia de separación le adjudica a ella la posesión de la vivienda, por lo que puede compartirla con quien lo desee. Lo que si que puede hacer es instar una nueva modificación de medidas en la que se reduzca la pensión alimenticia, ya que ella se puede apoyar en los ingresos económicos de su nueva pareja.

Si consigue la custodia compartida, puede reclamar que la vivienda pueda ser disfrutada por los dos, en meses distintos, por ejemplo 6 meses usted y 6 meses ella, o cada año. Ese acuerdo tendrá que decidirlo el Juez, pero si consigue la custodia compartida, será algo que deberá reclamar, ya que estará en su Derecho. Usted piense que si se le otorga a usted la custodia durante 6 meses, ella no tiene ninguna carga como para tener la posesión de la vivienda.

Bueno, yo trabajo y tengo un vehículo en propiedad. Es lo único que me pueden embargar. No obstante, si ella se niega a vender la vivienda y yo le pido que lo haga, a un precio razonable para liquidar la deuda. ¿ cómo puedo hacerlo ?

El vehículo se lo pueden embargar para pagar la deuda contraída.

Si en el convenio se estableció que la vivienda se enajenaría al cabo de dos años, ella sabe que tiene que venderse.

El artículo 400 del Código Civil establece que "ningún copropietario estará obligado a permanecer en la comunidad. Cada uno de ellos podrá pedir en cualquier tiempo que se divida la cosa común", por lo que usted podrá solicitar la división de la cosa común ante el Juez, que procederá a la subasta.

Personalmente, no le aconsejo que proceda a la división de la cosa común en estos momentos. Piense que si se subasta la vivienda, será a un precio bastante barato, pero ustedes deberán seguir pagando lo que resta de hipoteca, que puede ser una gran cantidad.

No obstante, referente al uso de la vivienda, el convenio pone "se atribuye el uso de la vivienda, que ha constituido el hogar conyugal, al menor, y por extensión al progenitor custodio, en este caso la madre". Tengo entendido que no puede ser usada por un tercero, y que existe jurisprudencia al respecto. ¿no se puede hacer nada?

<a>http://elpais.com/diario/2007/04/26/andalucia/1177539735_850215.html</a>

En ese artículo tiene un caso en el que se obligó a vender la vivienda porque un tercero se estaba beneficiando de ella.

Pero yo le aconsejo a que espere a la sentencia de la modificación de medidas que ha interpuesto, ya que si ahora le obliga a vender la vivienda y después se le adjudica la custodia de su hijo, puede arrepentirse de haber vendido la vivienda.

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