Por lo que cuenta entiendo que usted está en libertad condicional con la obligación de comparecencia apud acta ante el tribunal los días 1 y 15 de cada mes.
En el Auto en que se se ha decretado, lo normal es que se disponga que en caso de incumplimiento de esta comparecencia se decretará su ingreso en prisión.
Usted debe cumplir por tanto con esta obligación.
La única posibilidad de no tener que realizar dicha comparecencia quincenal sería presentar escrito al Juzgado solicitando el levantamiento de dicha medida cautelar y que fuese aceptada por el Juez dicha solicitud.
Reciba un cordial saludo,
S.M.D
MF Abogada
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