¿Existen los padrinos legales? Es decir, sin bautismo.

Yo querría saber si se pueden designar padrinos de los hijos sin bautismo (iglesia) de por medio. Sólo apadrinarlos (legalmente o de laguna manera registrado) pero sin bautismo eclesiástico.

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Conforme lo que aparece en el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, "padrino" es:

m. Catol. El que presenta o asiste a una persona en el sacramento del bautismo, de la confirmación, del matrimonio, o del orden, si se trata de un varón, o que profesa, si se trata de una religiosa.
El que asiste a otro para sostener sus derechos en certámenes literarios, torneos, desafíos, etc.
Fig. El que favorece o protege a otro en sus pretensiones, designios, etc.

Como verá, lo que usted pregunta, no existe en Derecho Civil.

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