Vera hace un mes compre un coche de 6 años aun particular y a los 15 días de tenerlo me han aparecido varias averías mas o menos graves. ¿Puedo hacer algo al respecto?, ¿Tengo derecho a reclamar en algún sitio?
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Respuesta de Julen Zarraga Abogado
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Julen Zarraga Abogado, Abogado con despacho en Bilbao (Vizcaya) civilista y penalista
El vendedor responde de los defectos ocultos de la cosa vendida, en este caso el coche. Si la hacen impropia para el uso a que se la destina, o si disminuyen de tal modo este uso que, de haberlos conocido el comprador, no la habría adquirido o habría dado menos precio por ella; pero no será responsable de los defectos manifiestos o que estuvieren a la vista, ni tampoco de los que no lo estén, si el comprador es un perito que, por razón de su oficio o profesión, debía fácilmente conocerlos. El vendedor responde al comprador del saneamiento por los vicios o defectos ocultos de la cosa vendida, salvo que los ignorase o cuando se haya estipulado lo contrario, y el vendedor ignorara los vicios o defectos ocultos de lo vendido. El comprador puede optar entre desistir del contrato, abonándosele los gastos que pagó, o rebajar una cantidad proporcional del precio, a juicio de peritos. Si el vendedor conocía los vicios o defectos ocultos de la cosa vendida y no los manifestó al comprador, tendrá éste la misma opción y además se le indemnizará de los daños y perjuicios, si optare por la rescisión. La demanda judicial para reclamarbpor esos defectos ocultos debe presentarse a los seis meses, contados desde la entrega de la cosa vendida.