Pago de multas de aparcamiento en el extranjero

En julio alquile un coche con la compañía HERTZ me pusieron dos multas de aparcamiento (tipo las del O.R.A en España) en Edimburgo, Escocia U.K. En su momento pese a la indignación porque en ambos casos me multaron por pasarme 2 o 3 min del tiempo establecido en el ticket; fui al ayuntamiento de Edimburgo y me dijeron que no lo pagara, que se lo pagara yo a HERTZ; algo que yo no entendía, pero bueno, acepte y me fui.
Ahora, hace más de 5 meses de aquello, recibo en mi domicilio una carta de una empresa encargada del cobro de multas que trabaja para HERTZ, dicha carta es de correo ordinario y en ingles (casi la tiro, pensando que era publicidad); después de traducirla me amenaza a que sino hago frente al pago, tomaran medidas legales; el montante de las multas es abusivo más de 150 euros cada multa de aparcamiento (cuando en un principio eran unos 40 euros); además de gastos de gestión de esta empresa.
En la carta aparece la posibilidad de un pago ON LINE, y sino se hace en 7 días pondrán el caso en manos de un abogado para el cobro y además habrá que sumar los costes de estos tramites.
¿Qué pensáis? ; ¿Debo de pagar esta multa?, ¿Puede HERTZ inculparme a mi en España de multas de aparcamiento del ayuntamiento de Edimburgo? Me siento indefenso y angustiado ante este tema, ya que quise pagarlas en mi viaje a Escocia y no me dejaron y los recargos son abusivos. No me gustaría pagarlas.

2 respuestas

Respuesta
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Lamento sinceramente no poder ayudarle, dado que su consulta escapa a mi marco como experto.
Le animo a que la copie y plantee nuevamente a otro experto, o en el apartado general.
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Lo primero es que deberías haber informado a la Compañía aseguradora y depositar el importe de la multa para evitar dichos recargos.
Por otra parte, cuando alquilas un vehículo firmas un contrato con la compañía por el cual te haces responsable del pago de estas infracciones, por lo que si no pagas, te demandarán. Si el contrato lo firmaste en España, te tendrán que demandar aquí, interponiendo seguramente un monitorio (que no conlleva costas). Si por el contrario firmaste el contrato en destino, es más que probable que te apliquen la ley inglesa, la cual desconozco totalmente y no puedo serte de ayuda con ello.
Mira a ver si tienes copia del contrato de alquiler, y revisa bien las condiciones (letra pequeñita).
Espero haberle sido de ayuda, y quedo a su disposición para resolver cualquier otra duda en www.bose-abogados.com
Irene Boned.

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