Garantía para compra de coche segunda mano

Voy a comprar un coche de segunda mano, y antes de redactar el contrato de compra venta me gustaría preguntar acerca de la garantía. Tengo entendido que salió una ley en la que el vendedor debe darle al comprador una garantía de 6 meses sobre averías que ocurran en el coche o algo así. ¿Estoy en lo cierto? ¿Si es así, puedo hacerlo constar en el contrato de compra venta? ¿Qué tipo de averías son las que estarían cubiertas bajo esta garantía? ¿Cuál es la ley que regula esta garantía para hacerla constar en el contrato por escrito?

6 Respuestas

Respuesta
-1

Es muy sencillo no hay ningún concesionario que de garantía para un coche de más de 5 años, lo tienen prohibido, lleva a una persona entendida para asegurar esos 1000 euros que te gastas y punto

Respuesta
1

La respuesta es diferente según donde adquiera el coche, ya que si lo compra en un establecimiento "profesional", el RDL 1/2007 le concede una garantía de 1 año para cubrir los posibles vicios ocultos, por lo que en ese caso la reparación sería gratuita (pero pueden surgir averías que, a lo mejor, no eran vicios ocultos en el momento de la venta, por lo que hay un amplio margen de inseguridad). Si no se puede reparar le tendrían que devolver el dinero, pero para ello tendrá que ser usted el que inste la resolución del contrato, primero extrajudicialmente y, si no queda más opción, vía judicial.

En cambio, si la transacción es entre particulares, no se aplica esa normativa. Se trataría de una compraventa civil, regulada por el Código Civil. En este caso, el plazo para reclamar es de 6 meses.

Respuesta
1

Lo primero es distinguir entre la compra de a un profesional (compraventa legalmente establecido) y la compra a un particular... Las tiendas o los profesionales legales, suelen suscribir un contrato de garantías, bien propio (si disponen de taller) o con una compañía de seguros...

Los particulares, no ofrecen ninguna garantía y cualquier reclamación tendrá que hacerla por vía judicial.

Respuesta
1

En la compra venta entre particulares, se aplica el Código Civil. El vendedor, debe entregarlo sin cargas, gravámenes, vicios y defectos ocultos.

De darse alguno de esos supuestos, la única vía es la judicial, presentando una demanda, y dispone para ello de seis meses. Y por supuesto, es el comprador el que debe probar los motivos por los cuales demanda, lo cual suele ser complicado y caro. Por supuesto, el vendedor no está tampoco obligado a entregar ningún tipo de garantía por escrito.

En resumidas cuentas: si va a comprar un coche, que sea a una persona de su total y absoluta confianza. Yo, personalmente, nunca le compraría un coche a un particular si no sé cómo es su forma de conducir y de tratar el coche en general. ¿Le ha hecho todas las revisiones en sus plazos? ¿Escatima? Yo a mi coche le echo siempre el mejor aceite del mercado Quartz 9000 ahora, y antes Esso Ultron (mínimo API SM). ¿Combustible? Siempre Diesel Plus (Repsol 10E+, BP Ultimate, Etc.)

Si va a comprar un coche de segunda mano, mi consejo es que acuda a algún concesionario, pues le darán 12 meses de garantía completa. Ahora bien, la última palabra es siempre suya.

Muchas gracias,

usted cita:

" Yo, personalmente, nunca le compraría un coche a un particular si no sé
cómo es su forma de conducir y de tratar el coche en general."

He ido a un concesionario, pero me indican que para un coche de unos 1000 euros (que es lo que yo busco) y con mas de 10 años, el margen de beneficio es tan pequeño que no se pueden permitir expedir una garantía para los mismos, por pequeña que sea. Que es una cuestión económica, no es que no me la quieran dar.

también cita:

"Yo a mi coche le echo siempre el mejor aceite del mercado Quartz 9000
ahora, y antes Esso Ultron (mínimo API SM). ¿Combustible? Siempre Diesel
Plus (Repsol 10E+, BP Ultimate, Etc.)"

API y SM imagino que son homologaciones de calidad o algo así que encuentro en las latas de aceite lubricante para el motor ¿verdad?. Estas homologaciones ¿las encuentro en aceites de otras marcas o solo corresponden a esos aceites en concreto que usted me indica?

En cuanto al combustible, en unos estudios que realicé, me enseñaron que realmente, las calidades de los combustibles de hoy en día, difieren entre sí por los aditivos que llevan (o que no llevan), de ahí la variedad de los precios existentes, y no porque el combustible raíz sea malo o bueno.

Las gasolineras de los Supermercados Alcampo de Madrid en la zona que vivo indican que ese combustible que sirven los proporciona Repsol, ¿hasta que punto ese combustible es bueno? ¿es comparable al servido en una gasolinera de la marca Repsol o es unicamente otro producto peor al que le quieren cargar mejor reputación por la marca?

Muchas gracias

El que le venda el coche, si es un particular, no tiene ninguna obligación de darle ningún tipo de garantía, no se confunda. Si el coche tiene algún vicio oculto, deberá Ud. probar que el vendedor lo conocía, y que por tanto hubo mala fe. Imagine que a los 4 meses se rompe el embrague (2000-3000 € de reparación). Para que el vendedor se haga cargo, debe Ud. demostrar que el coche tenía problemas de embrague cuando se le vendió, y que además el vendedor conocía esa circunstancia. Y debe poder probar ambas cosas, lo que lo complica aún más.

Lo que le comenté sobre el aceite y combustible es a modo de ejemplo. Yo cuido mucho mi coche, está impecable. Pero tengo amigos y compañeros que no piensan igual, y yo sé que jamás les compraría el suyo, bajo ningún concepto, ni aún siendo amigos.

Sobre el aceite, como Ud. bien indica, las siglas (sin entrar en detalles demasiado técnicos), hacen referencia a la calidad del producto, y no depende de la marca, aunque las hay mejores y peores, como con todo. Lo ideal es elegir siempre un aceite 100% sintético, aunque también influyen más variables a la hora de elegirlo, como el tipo de motor (diesel o gasolina), el tipo de inyección, la temperatura media de la región, etc.

Sobre los combustibles, lo que marca la diferencia, efectivamente, son los aditivos, pues la gasolina y el gasoil son los mismos para todas las marcas, no nos engañemos. Pero después, cada empresa investiga sobre qué aditivos químicos pueden ayudar a mejorar la eficiencia en la combustión, a dejar menos residuos y por lo tanto proteger el motor, y un largo etcétera.

La mayoría de las personas siempre han obviado estas cuestiones, porque inciden a medio-largo plazo, y estábamos muy mal acostumbrados a cambiar de coche cada 4 o 5 años, en la época de bonanza. Si yo me pudiese permitir comprar un buen coche cada 4 años, le aseguro que siempre echaría el combustible y aceite más baratos. Pero ahora las circunstancias han cambiado, como bien sabe.

Respuesta
1

Esto te lo tendría que responder un jurista yo lo que te puedo decir es que entre particulares, creo que no existe dicha garantía. Pero para mas tranquilidad y que te amplíen el tema pregunta a un compañero abogado.

Respuesta

Por ley, todo lo que se compre de segunda mano, tiene un año de garantía. Lo nuevo tiene dos años.

En el caso de un vehículo, tiene que funcionar todo lo que venga montado, sea de serie o no. Cuando falla algo, debe repararlo el taller, aunque no se puede exigir que lo que se cambie sea nuevo, ya que el coche se ha comprado usado.

Solo lo que implique desgaste o mal uso no entra en garantía.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas