Vacaciones laborales

En mi empresa tenemos pactado como vacaciones 30 días naturales, y quisiera saber si en un periodo corto como puede ser la Semana Santa, se contarían los días festivos como vacaciones.

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Lo primero sería saber que estipula el convenio colectivo de aplicación.
Puede que el convenio establezca el periodo de vacaciones por días hábiles, poco probable, o puede establecer más días.
En caso de que sean días naturales, que habitualmente es así, se toman para el cómputo de fecha a fecha, es decir si empiezas las vacaciones el lunes de semana santa y te reincorporas el lunes siguiente hay que contar como 7 días de vacaciones. Generalmente no se distingue entre festivos y laborables.
Sin perjuicio todo esto como ya comenté que el convenio no mejore esta situación.

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