Injusticia

Quisiera saber si es legal que un director de colegio de educación primaria, en el que el cierre de las puertas del centro sea 5 minutos después de sonar el timbre, es decir, a las 9:05, deje a los niños en la calle sin supervisión ni tutela ninguna, hasta la nueva apertura de las puertas, ¿30 minutos más tarde? ¿Si no es así dónde debo expresar mi denuncia? Es legalmente correcto que se le niegue la asistencia a clase por una impuntualidad, pese a haber comunicado que el reloj del centro está adelantado 2 minutos, reconocido por el director, ¿del qué su respuesta fue que "es con el reloj que se rige el centro"? Si alguien me puede ayudar, es urgente, ya que son más de 10 o 15 niños los que sufren esta situación cada día que llegan con un mínimo de retraso, normalmente por cuestiones de tráfico. Muchísimas gracias.

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No considero que el hecho de dirigir una institución sea fundamento para dejar desprotegidos a los niños, independientemente del retraso, la institucio comete una grave falta de atención que se puede equiparar a omisión o negligencia, debido a que los niños son susceptibles de ser lastimados o secuestrados en las propias narices de los directivos. Si se puede interponer una queja ante la secretaria de educación o ante servicios escolares, dependiendo del lugar de donde seas, o inclusive se puede procurar ir ante la defensa de la niñez y solicitar que se investigue el criterio jurídico con el cual el antepone la seguridad de los menores por una actitud absurda de control escolar.

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