Retención en garantía

Hola, te agradecería si me ayudaras con un concepto acerca del derecho de retención en garantía, su significado e implicaciones, esto pot cuanto debo emitir un concepto sobre un contrato al que no le aseguran por cumplimiento, y la retención en garantía es una buena solución, sin embargo a pesar de entender la figura no se como explicarla.
Mil gracias
malub

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El derecho de retención en garantía es una Garantía Real, las garantías son mecanismos de refuerzo creados por el ordenamiento jurídico y que tienen por objeto asegurar el derecho de crédito.
Esta figura se atribuye habitualmente por ley a Hacienda y Organismos tributarios, facultandolos a retener una cosa si no se garantiza el pago de un determinado tributo, o una determinada liquidación se retiene para garantizar el pago, una vez realizado el pago o acreditada la solvencia mediante consignación o figuras parecidas, debe devolverse la cosa retenida.
Normalmente se utiliza en casos en que el vendedor no tiene totalmente garantizado el pago y se lo quiere asegurar con un derecho de retención para en caso de faltar al pago el comprador poder retener la posesión del objeto de la venta.
Yo entiendo que no es aplicable erga omnes, sino entre acreedor y deudor, cuando la cosa retenida no pertenezca al deudor, por ejemplo el derecho de retención de los aparcamientos de vehículos si el usuario no ha abonado el precio, creo que sería dudoso que se pudiera retener la cosa frente al dueño del vehículo que no fuera el acreedor, puesto que se estaría gravando el patrimonio de persona distinta a la que originó la deuda, pero hay opiniones contrapuestas, como en caso todo.
Saludos, no se si te habré aclarado algo.

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