Modelo de retenciones

Mi pregunta concreta es: ¿Qué diferencia hay entre el modelo 110 y el 130 de retenciones de IRPF? ¿Cuál debo presentar (y con qué periodicidad) si soy un trabajador autónomo que tengo una clínica de fisioterapia sin empleados por la cual no pago alquiler ya que es en propiedad? ¿Influye en algo si estoy acogido al régimen de estimación directa simplificada para el IRPF?
Perdón por el 'bombardeo'
Respuesta
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El modelo 130 se utiliza para declarar el rendimiento de actividades económicas en estimación directa, es decir, declarará tanto los ingresos computables y los gastos deducibles y el resultado será a ingresar una cantidad a Hacienda o bien saldrá una declaración negativa o nula. El modelo 110 sirve para declarar e ingresar a Hacienda las retenciones que usted haga a sus trabajadores en las nóminas pero si usted me dice que no tiene trabajadores, no tendría que presentar dicho modelo 110.
Las declaraciones de los modelos 130 y 110 son trimestrales, es decir, cada trimestre usted tendrá que declarar a Hacienda sus ingresos y gastos (caso del modelo 130, ya que el otro no está obligado a presentarlo) y el plazo límite de presentación (y pago si corresponde) sería el día 20 del mes siguiente al trimestre vencido. Ejemplo: para declarar el trimestre enero-febrero-marzo, podrá presentar el modelo hasta el día 20 de abril.

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