IRPF Autónomo
En Mayo de 2004 me di de alta como autónomo en el epígrafe 727. Para esta actividad estoy exento de IVA y De realizar pagos fraccionados, estando bajo la modalidad de régimen general-estimación directa simplificada.
A ver: ¿No tengo que pagar nada hasta que realize este año la declaración de IRPF?, ¿Hay algún límite de cantidad a partir del cual tenga que hacer ingresos a cuenta?
La verdad es que la actividad es accesoria y no facturo demasiado, pero me asalta esa duda, ¿pues si ahora le dedico más tiempo (y consecuentemente gano más dinero) me imagino que hacienda quera ir cobrando algo no?
A ver: ¿No tengo que pagar nada hasta que realize este año la declaración de IRPF?, ¿Hay algún límite de cantidad a partir del cual tenga que hacer ingresos a cuenta?
La verdad es que la actividad es accesoria y no facturo demasiado, pero me asalta esa duda, ¿pues si ahora le dedico más tiempo (y consecuentemente gano más dinero) me imagino que hacienda quera ir cobrando algo no?
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Respuesta de queru
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