¿Autónomo RE tiene que repercutir IVA a los clientes?

Voy a abrir una tienda de regalos y voy a ser autónoma por el método de estimación directa simplificada, voy a pagar un RE en mis compras de mercancía y así no tengo que hacer declaraciones de IVA pero... ¿tengo qué cobrar el iva a los clientes?

1 Respuesta

Respuesta
1

El precio que tú cobrarás a los clientes ya es "iva incluido"; es decir, has de poner un p.v.p. que sea lo que tú vas a cobrar a tus clientes, como precio final, y que ya debe incluir el IVA.

Si vas a montar tu tienda en Barcelona o provincia, estaré encantado de ayudarte. Saludos,

RDA Consultoría de Gestión

www.rdaconsultoria.es

pero entonces en el ticket que yo entregue al cliente tiene que aparecer precio + importe de iva y el importe total o simplemente tiene que salir un p.v.p. sin hacer ninguna mención de iva en el ticket????

En el ticket debe aparecer, al menos, el tipo de IVA correspondiente a la operación (no hace falta que figure la cuota de IVA, pero tampoco está de más). Y si la operación tiene bases imponibles sujetas a diferentes tipos de IVA, debe informarse por separado cada una de las bases y el tipo de IVA que le corresponde. Cualquier máquina registradora suele estar configurada adecuadamente cuando te la instalan. Lo único, has de saber qué tipo de IVA es de aplicación a tu actividad. Estando en recargo de equivalencia, es fácil. Si te aplican el 5,20%, el IVA a repercutir es del 21%, si es el 1,4% será el 10%, y si te aplican el 0,5%, el 4%

Por cierto, un matiz, a partir del 01/01/2013 ya no se llama "ticket", sino "factura simplificada", aunque, en esencia, es el mismo tipo de documento.

Saludos

RDA Consultoría de Gestión

www.rdaconsultoria.es

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas