¿Cómo crear tienda en Barcelona?

Actualmente somos dos socios, que hemos proyectado la creación de una tienda al por menor, en la cual venderíamos artículos de colección y militaría. Como no disponemos de mucho capital hemos pensado en crear una SCP y los trámites que sabemos son los siguientes:
- Autónomos (ambos deberemos estar dados de alta en éste Régimen).
- Declaración Censal (sino me han informado mal, el modelo 036).
- Impuesto de Actividades Económicas (IAE), éste punto no lo tenemos muy claro, En algunos lugares nos han comentado que los dos primeros años de actividad se está exento, en otros que si la facturación anual es inferior a 1 millón de euros también se está exento.
- Licencia de apertura. Por lo que sabemos es una licencia que otorga el ayuntamiento, pero nadie nos ha sabido informar, y los pocos que lo han echo, ha sido de manera dudosa y no nos han podido aclarar nuestras dudas.
Lo que nos gustaría saber, es si estaríamos obligados a pagar el IAE, y la Licencia de apertura, y de ser así me gustaría que me informaran más o menos de los precios de dichos impuestos.
La tienda estará situada en Barcelona capital, y según un estudio de mercado que hemos realizado tendrá unos ingresos anuales de 60.000 euros aproximadamente.
Gracias por atender mi pregunta.
Reciban un cordial saludo.
Rafael Aragonés

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Con respecto al IAE ambas cosas son ciertas, los primeros años existe la exención del pago de la Tasa y en los sucesivos si no se supera el millón de euros de facturación ídem. De todos modos es necesario cumplimentar a efectos censales el alta en el impuesto.
Respecto de la licencia de apertura es la licencia que permite que el negocio empiece a funcionar, en este caso las hay de dos tipos actividades inocuas y actividades peligrosas o con residuos, en este caso, vendría a ser la primera de ambas y cada ayuntamiento tiene una tasa propia, no suele ser excesivamente cara.
Así mismo, si deben hacer obra deben ver con la concejalía de urbanismo si es necesario solicitar previamente licencia de obras o si con un acto comunicado es suficiente. En algunos casos deberán (si se tocan instalaciones o estructuras) presentar un proyecto realizado por aparejador (arquitecto técnico), ingeniero o arquitecto para proceder a la solicitud de la licencia de obras y posteriormente la licencia de apertura. Con la solicitud de la licencia de apertura deberá entregar documentación que varía de un ayuntamiento a otro así que deberán solicitar información en el ayuntamiento.
La licencia de apertura están obligados a pagarla no así el IAE como ya les he indicado anteriormente. El IAE si es un impuesto pero la licencia de apertura es una tasa que puede ir de 300 a 600 euros dependiendo del tipo de licencia y del local.
Por otro lado, les invitaría a realizar con mayor precisión un plan de negocio porque si tenemos en cuenta que son dos socios, que van a tener unos ingresos de 60.000 euros, que habrá que deducir el coste de compra de los artículos, los gastos generales o costes fijos del negocio, los impuestos, etc..., entiendo que el negocio no es excesivamente rentable para dos personas y que no pueden sacar de ahí un sueldo excesivamente digno.
Muy buena respuesta, ha sido de gran ayuda. Sobre el plan de negocio comentarle que me exprese de manera incorrecta, me refería a 60.000 euros de beneficio, en realidad el estudio indica unos ingresos de unos 100.000 euros anuales.
Reciba un corial saludo
Rafael Aragonés

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