¿Cómo se puede deducir el ITP en una S.L?

Una S.L en la compra de inmuebles de segunda mano ha de pagar el ITP, que normalmente es el 7%. ¿Cuándo y cómo se podría recuperar ese dinero?
Si las transacciones se realizan a nivel particular, ¿se podría recuperar el ITP?

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Si te refieres al impuesto de transmisiones patrimoniales, liquidable mediante el modelo 600 de Actos jurídicos y operaciones documentadas, no es recuperable. No es equiparable al IVA en el que actúas como recaudador ante la AEAT.
Gracias por tu pronta respuesta, pero permíteme que te comente, yo estaba convencido que el Impuesto de transmisiones patrimoniales no es equiparable al IVA, hasta que un conocido me hizo replanteármelo. Llamé a Hacienda y me dijeron que el ITP es un gasto y que se podría deducir, les pregunte cómo, peor sólo me respondieron que vía gastos.
Si puedes adentrar un poco más en el tema te estaría muy agradecido.
Desde luego se considera un gasto, a contabilizar en la subcuenta del grupo 6 "otros tributos", pero esa es una cuestión técnica y no significa que te lo devuelvan, si no que disminuye la base imponible del impuesto de sociedades. Es equiparable a la tasa de basuras del ayuntamiento.

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