Autónomo - distribuidor

Ante el caso que expongo:
Un autónomo quiere iniciar una actividad que consiste, en la distribución y comercialización de un vino. El mayorista de vinos será el que emita la factura a los minoristas (bares, tiendas, etc...). Con iva, y recargo de equivalencia ( si corresponde)
El autónomo (intermediario) por los servicios comerciales y de transporte emitirá una factura mensual (con iva) al mayorista.
¿En qué epígrafe me aconsejarías darse de alta? ¿Sería idóneo acogerse al régimen estimación directa simplificada?
¿Puede este autónomo contratar a otro para realizar el transporte del producto, y él encargarse de la parte comercial?

1 respuesta

Respuesta
1
Epígrafe 631 - Intermediarios de comercio.
Este tipo de actividad debe ir a estimación directa simplificada.
Imagino que se refiere a subcontratar a otro autónomo el transporte. Si, podría.
Saludos
Jaime Feiner
[email protected]
En este supuesto, darse de alta en el "Epígrafe 599, ¿Representantes de Comercio" sería correcto?
No conozco el epígrafe 599 ya que todo el grupo 5 corresponde a la construcción y sería el grupo 6 el que corresponde a comercio y mediación comercial.
SAludos
Jaime Feiner
[email protected]

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