Legalizar clases particulares

Llevo algún tiempo dando clases particulares de inglés en un local que tengo en mi casa, quisiera legalizarlas.
Sé que tengo que darme de alta en hacienda,¿tengo qué darme de alta de autónomo?. ¿Tendría qué pagar IVA? ¿Cuál sería el tanto por cien que me correspondería? ¿Mis ingresos son de 800? Al mes.
Respecto al local,¿necesito licencia de apertura?
Respuesta
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Si, deberá de darse de alta en RETA y tendrá que realizar las oportunas declaraciones de IVA aunque es posible (habría que consultar la Ley de IVA que al tratarse de enseñanza) que pudiera estar exento de este impuesto y por ello se simplificaría la labor ya que de lo contrario debería repercutir el 18% de IVA.
El local, al ser una vivienda particular no supone que realice solicitud alguna de licencia municipal de apertura.
Sr. Feiner:
¿Sería tan amable de cocretarme si estoy exento de IVA?.
Aparte de lo ya mencionado, ¿tendría algún gasto más?
Durante los tres meses de verano que no doy clases,¿puedo darme de baja en el RETA?
Ha sido un placer contactar con alguien que puede resolver las dudas que tengo.
Un saludo.
Para contestar a esa pregunta debería de leer la Ley de IVA cosa que no voy a realizar a titulo gratuito ya que no tengo el tiempo necesario para realizar la consulta. Si quiere ahorrarse el dinero de la consulta puede realizarla también en el telef de atención al cliente de la Agencia Tributaria que le contestarán si la actividad se encuentra exenta de IVA (creo que sí aunque no quiero asegurarlo sin tener el 100% de garantía).
Tendría que pagar mensualmente la correspondiente cotización de autónomos y no sería desdeñable disponer de un seguro que le cubra la responsabilidad civil y los posibles accidentes de los alumnos. En el caso de que no tenga la capacitación para llevar los aspectos contables y administrativos exigibles deberá contar con los correspondientes gastos de notaría. Por otro lado, cuidado, al estar realizando la actividad en el propio domicilio no podrá desgravarse el 100% de los gastos ya que habrá que calcular que % de gastos corresponde a su negocio y cuales a los aspectos personales del domicilio.
Podría dar de baja la actividad en los meses de verano y por supuesto la baja en el RETA.

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