Sí es totalmente compatible trabajar por cuenta propia y por cuenta ajena... si lo que quiere el Gobierno es cotizaciones...;-) bromas aparte, lo que te quiero decir es que no por ello se reducirán las cuotas de los seguros sociales... es decir, tu empresa pagará pro ti los Seg. Sociales y tu pagaras la cuota de autónomos. En el programa electoral del Gobierno de Rajoy se planteaba en este caso una reducci´on de la cuota de autónmomos, pero hasta ahora no se ha visto nada (yo diría que no se ha vuelto a hablar...). en fin, es una posibilidad que puede ver la luz en el futuro... de momento es así.
Lo que hablas de los 500 y 1000 euros te refieres a que si realizas trabajos esporádicos que factures menos del SMI no es necesario pagar a autónomos. Lo que se entiende por esporádico viene dterminado por varias sentencias judiciales, se trata que no haya habitualidad. Es el funcionario de la SS el que debe valorar si es o no esporádico. Se utiliza (por ponerte un ejemplo) si alguien está contratado para dar un curso 2 h. ... así, cosas puntuales que se cobre menos de 680 euros más o menos está el SMI. De todas formas, si vas a tener una plataforma on-line ya rompe con el concepto de la habitualidad. Si vas a facturar necesitarás el alta de autónomos. Lo que no hay es inconveniente en que estés dado de alta un mes y al otro de baja. Siempre a mes completo y tendrás que liquidar el IVA y el IRPF trimestral igual.
Si quieres alguna acalración más me dices,