Responsabilidad de S.L.L.

Hola,
Quiero crear una S.L.L. Pero me han aconsejado una S.L para evitar poner en peligro bienes patrimoniales de los socios en caso de impagos a proveedores, hacienda, erc. ¿Qué diferencia hay entre una S.L.L. Y una S.L. Frente a este tipo de problemas?

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NINGUNA. El hecho de que una Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.L.) Tenga además la consideración de Laboral (S.L.L.) No afecta a la limitación de responsabilidad.
No obstante, tenga en cuenta que la "limitación de responsabilidad" en ningún caso implica que, caso de ir mal la empresa, los socios no deban afrontar responsabilidades frente a los acreedores.
Profundizar en los aspectos relativos a la responsabilidad de los Socios y los Administradores, por su complejidad, excede con mucho del ámbito de un foro gratuito. Por ello, le recomiendo que contrate usted los servicios de un asesor - Economista o Abogado - de su confianza y realice el correspondiente encargo profesional.
P.D.: Le agradecería que valorase mi respuesta. De esta forma puedo orientar las que dé en el futuro y mejorar continuadamente en mi participación en este foro.

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