Requisitos para la venta ambulante (obligaciones fiscales, licencias etc)

Tengo una consulta referente a una sociedad civil que esta
en estimación directa simplificada, y cuyo epígrafe en el IAE es 421.2 “fabricación
de barquillos para helados”.
La actividad es esta misma, la fabricación en un local
alquilado de barquillos para helados, estamos en Cantabria.
La cuestión es que ahora, queremos vender estos productos
que nosotros mismos fabricamos en una caseta/modulo ambulante pues la crisis
nos obliga a “salir más hacia el cliente” y ver nuevas oportunidades de
negocio.
Seguiremos fabricando nuestros productos en el local antiguo
con la maquinaria, y además nuestra idea es mediante una tienda ambulante, (una
caseta-tienda, caseta-ambulante) vender nuestros propios productos.
¿Qué obligaciones fiscales, tributarias, licencias, etc. Necesito
para poder ejercer y vender mis propios productos?
¿Es necesario darme de alta en un nuevo epígrafe para
desarrollar esta actividad?
¿Qué consecuencias
tiene?.

Respuesta
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Tienes que ver las ordenanzas municipales que regulan el comercio ambulante en tu provincia, para evitar sanciones y evitar un exceso de pago a los vendedores ambulantes, te recomiendo que le hagas una microempresa a cada vendedor, para que él responda por las ventas y pague los impuestos municipales, en caso contrario pagarás por las ventas de producción de tu fábrica y las ventas de cada vendedor, muchos fabrican sus productos y los colocan en depósitos en otras localidades mediante notas de entrega y no incurren en errores fiscales. Soy experto en materia tributaria, también. Este caso se lo resolví a una transnacional como la Pepsicola en Venezuela, tenían distribuidores en todo el país y el producto fabricado pagaba impuestos municipales en la fábrica o embotelladora y el mismo producto pagaba en los 334 municipios del país. Una tremenda erogación.

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2

Pues tendrá que darse de alta en un nuevo epígrafe, para la venta ambulante... esto puede suponer tener sectores diferenciados y por lo tanto, es posible que hay que tener regla de prorrata para el IVA.

Le recomendamos que se ponga en manos de un abogado especializado, que le estudie si le es mas interesante, darse de alta, como persona física en módulos, para este tipo de venta...

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2

En principio hay varias cuestiones importantes a tener en cuenta:

1.- La caseta-tienda deberá cumplir los mismos requisitos higiénicos-sanitarios que la legislación determine, y previsiblemente, aquellos a los que está obligado la venta de helados o sucedáneos.

2.- El epígrafe debe corresponder a la venta ambulante

3.- Deberá disponer o solicitar licencias en cada uno de los ayuntamientos en los que quiera vender sus productos.

muchas gracias por su respuesta, muy bien resumido y aclaratorio.

Una cuestión solamente, ¿donde puedo enterarme de los requisitos higiénicos sanitarios que debo cumplir, y si tengo que solicitar un certificado higiénico-sanitario o algo parecido, en algún organismo público etc.

gracias

Previsiblemente el departamento de consumo y/o industria de su comunidad podrá facilitarle las características necesarias.

Supongo que también podrá contactar con alguna empresa de carrocería especializada en productos alimentarios, de consumo o similares que le podrá asesorá.

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