Incertidumbre ante finalización de contrato

Vamos con tus preguntas:
Liquidación salvo que el convenio lo mejore si tienes un contrato temporal y no de intineridad 8 días por año de trabajo, más el finiquito, días de trabajo hasta el ultimo día que trabajes, vacaciones pendientes de disfrutar y parte proporcional de la paga:
Respecto a la duración de la prestación
De 720 a 899 días cotizados tienes 240 días de prestación.
Calculo: la suma de las bases de cotización de los últimos 180 días pues ese cociente te dice la base diaria.
Esa base diaria el 70% los 180 primeros días, y luego el 60%.
Hay unos topes:
Sin hijos 170% del salario Mínimo Interprofesional
Con 1 hijo el 195%
Con 2 hijos el 220%.
Cualquier duda a tu dispo

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Y pasamos a responder.
Finiquito siempre se tiene derecho a el, que comprende: Los días trabajados, las vacaciones no realizadas y la parte proporcional de la o las pagas dependiendo si son anuales o semestrales.
Un dato importante es el tipo de contrato desde Octubre de 2002. En el caso de que fuese de Obra o Servicio tendría como mínimo una indemnización de 8 días por año de trabajo, En el caso de ser indefinida dependiendo como se realice el despido tendría 20,33 o 45 días.
El tema de paro cuatro meses por año desde que fue dada de alta y no utilizo periodos de prestación de desempleo.
Cualquier cosa me indicas.

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