Vacaciones obligadas

Quería comentaros un caso para saber si lo que me han hecho es legal o no, y que medidas podría adoptar. Trabajo desde hace 5 años y medio en una empresa, y últimamente las cosas no van bien económicamente, pero tenemos mucho trabajo y no paramos. La cuestión es que desde hace un tiempo me estoy dando cuenta de que me quieren echar, o por lo menos es lo que siento al ver las cosas que me hacen y me dicen. La verdad es que el trato con mi jefe cada día es peor, normalmente ni me habla ni nada. El jueves, tras quejarme de mi herramienta de trabajo(internet) me dijo(como había hecho otras veces) que ahí tenía la puerta, y que no fuera a trabajar al día siguiente, que tenía un mes de vacaciones (y eso que estamos en marzo). Hablé con una asesoría y me aconsejaron un escrito para lo de las vacaciones, que por supuesto pedí, y donde se había escrito que tenía 15 días y no 1 mes de vacaciones. Tras firmar el recibí de dicho escrito, mi jefe me comunica que ya verá que hace conmigo cuando vuelva de vacaciones.
Mi pregunta es: ¿Me puede decir de hoy para mañana que me vaya de vacaciones con tan poca antelación? ¿Me puede amenazar con "la puerta" cada vez que se le antoje? ¿Qué puedo hacer si al incorporarme después de las vacaciones me hace la vida más imposible?

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En verdad que hay situaciones muy embarazosas, y el saber como actuar es algo muy complejo, más que nada por desconocer a las personas, como son y como se comportan.
No hay dos soluciones iguales, porque no hay dos casos iguales. Puede que parecidos, pero iguales nunca, siempre hay matices que los diferencian.
Las vacaciones, en primer lugar siempre son un pacto, para su disfrute, no hay ningún lugar, legalmente hablando, donde diga como se deberán disfrutar y quien las disfrutara primero y quien el ultimo.
Lo que dice la ley, es que tu deberías conocer el periodo de vacaciones, con un mínimo de dos meses de antelación:
Duración
Pactada en forma individual o colectiva. Nunca inferior a treinta días naturales.
Fecha de disfrute
* Se fijará de acuerdo entre empresario y trabajador de conformidad con lo establecido en su caso en los convenios colectivos sobre planificación anual de las vacaciones.
* Si existe desacuerdo se presentará demanda ante la jurisdicción correspondiente, fijándose la fecha o fechas de disfrute, en sentencia no recurrible y en procedimiento sumario y preferente.
* El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le corresponden dos meses antes, al menos, del comienzo previsto para las mismas.
* Cuando el período de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el período de suspensión del contrato de trabajo previsto en el artículo 48.4 del Estatuto de los Trabajadores, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporal o a la del disfrute del permiso que por aplicación de dicho precepto le correspondiera, al finalizar el período de suspensión, aunque haya terminado el año natural a que correspondan.
* Las vacaciones no son sustituibles por compensación económica, salvo en caso de extinción de contrato de trabajo que imposibilite el disfrute de las mismas.
* En las relaciones laborales de los trabajadores eventuales o de temporada, cuando las vacaciones legales mínimas no pudieran disfrutarse, porque el período de actividad en la empresa no coincidiera con el disfrute de las vacaciones, los trabajadores percibirán, conjuntamente con el salario, la parte proporcional correspondiente a las vacaciones.
http://www.mtas.es/es/Guia/texto/guia_5_14_5.htm
Esta dirección es la oficial dl Ministerio de Trabajo, y esto es lo que se regula para las vacaciones, mira los apartados que te he remarcado, podrás tener una idea de como actuar.
Mira también tu convenio, puede que establezca un periodo del año para disfrutarlas.
Si al volver te hace la vida más difícil, puedes hacer dos cosas:
.- Aguantar lo que puedas, hasta que te canses.
.- Preparar una demanda por caso laboral.
Para la primera, lo único que te puedo decir es, paciencia, pacincia y después, paciencia.
Para la segunda, ir recabando información, ir recopilando pruebas y testigos.
Si tienes un MP3, que pueda grabar voz, puedes grabar las conversaciones que tengas con el jefe, para una prueba posterior. Al ser pequeño de tamaño, lo puedes llevar encima, sin que se note.
Con las pruebas y/o testigos, acude a un abogado, o un sindicato y demanda.
Muchas gracias por la información, lo tendré en cuenta por si tengo que echar mano de ello en un futuro. Espero poder tener paciencia y aguantar.

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