Cotizaciones de autónomos..

Quisiera que por favor me explicaran las diferencias que existen en materia de cotizaciones y de contraprestaciones económicas entre los trabajadores autónomos y los trabajadores por cuenta ajena como por ejemplo las cuantías de las pensiones o el subsidio por incapacidad temporal ya sea por enfermedad común o por accidente de trabajo o enfermedad profesional muchas gracias..
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Lo primero disculparme por la tardanza.
Diferencias en materia de cotización mensual:
Autónomo: ¿Base mínima de 850? ¿Base máxima de 3200?
Cuenta ajena: ¿Base mínima 740? ¿Máxima de 3200?
Las bases de cotizaciones sirven para calcular el importe de la pensión. Como ves, las bases son muy parecidas, por lo que de pensión se cobraría lo mismo.
¿Por qué se dice que cobras menos siendo autónomo? Por que, por cuenta ajena, la empresa siempre va a cotizar lo mismo. Siendo autónomo tú eres el que eliges. Muchos se pone bases mínimas y así sus ingresos mensuales son mayores, pero no se dan cuenta que es "pan para hoy y hambre para mañana". Por eso también, si tienes más de 50 años, ¿tu base de cotización mínima sube a los 1650?.
Diferencias bajas por Enfermedad Común o enfermedad profesional:
Autónomo: Por Enfermad común están obligados al pago de las prestaciones estando incñuídas en las bases antes indicadas (cobro desde el 4 días al vigésimo del 60% a partir de vegñesimo primero 75%). Por enfermad profesional desde carácter voluntario y cobrarías el 75% desde el día siguiente al de la baja.
Cuenta ajena: lo mismo. Aunque puede ue haya convenios colectivos que lo mejoren (cobrar algo los tres primeros días o cobrar el 100% estando de baja).
Como ves no hay casi diferencias ya que se ha querido igualar los dos regímenes.
Donde si hay diferencia es en la prestación por desempleo:
Autónomo: si has cotizado 12 meses y tienes un cese de actividad tienes derecho a una protección por desempleo de 2 meses. Máximo de protección por desempleo es de 12 meses, habiento cotizado 48 meses o más. La prestación será del 70% de la base de los 12 meses.
Cuenta ajena: Período mínimo de cotización 12 meses para poder tener derecho a prestación por desempleo de 6 meses. Máximo de protección por desempleo 24 meses si has cotizado 72 mensualidades.
Espero no haberte liado más pero la respuesta a tú pregunta es bastante extensa.

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