Ayuda! Finiquito y Paro con Reducción de Jornada
Si ahora mi empresa reduce la jornada ¿cómo afecta a mi finiquito? ¿Y al desempleo?
¿Es decir en el finiquito cobraría menos?
Y en desempleo, tengo entendido lo siguiente:
La cuantía dependerá de la base reguladora que, en este caso, será el promedio de las bases de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales por las que se haya cotizado durante los últimos 180 días precedentes a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar.
El importe será, durante los 180 primeros días, el 70% de la base reguladora, y a partir del 181, el 60%. En todo caso, no podrá superar el tope máximo establecido, ni ser inferior al mínimo.
La prestación por desempleo es incompatible con la realización de cualquier trabajo por cuenta propia o ajena (en este último caso sí se permiten trabajos a tiempo parcial), así como con cualquier pensión o prestación de carácter económico de la Seguridad Social, excepto si éstas eran compatibles con el trabajo que originó la prestación por desempleo.
Para calcular desempleo, ¿se fiarían solo en las bases de reducción de jornada?
¿Es decir en el finiquito cobraría menos?
Y en desempleo, tengo entendido lo siguiente:
La cuantía dependerá de la base reguladora que, en este caso, será el promedio de las bases de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales por las que se haya cotizado durante los últimos 180 días precedentes a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar.
El importe será, durante los 180 primeros días, el 70% de la base reguladora, y a partir del 181, el 60%. En todo caso, no podrá superar el tope máximo establecido, ni ser inferior al mínimo.
La prestación por desempleo es incompatible con la realización de cualquier trabajo por cuenta propia o ajena (en este último caso sí se permiten trabajos a tiempo parcial), así como con cualquier pensión o prestación de carácter económico de la Seguridad Social, excepto si éstas eran compatibles con el trabajo que originó la prestación por desempleo.
Para calcular desempleo, ¿se fiarían solo en las bases de reducción de jornada?
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Respuesta de levantino
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