¿Reanudar el paro después de baja por enfermedad?

Expongo mi caso que creo es bastante complicado...
En enero de 2010 acabó mi contrato y empecé a cobrar la prestación por desempleo por primera vez. Me correspondían 15 meses, de los cuales cobré 9 y en noviembre de 2010 empecé a trabajar de nuevo. Hasta ahí ok. A los 3 meses, es decir, ya estaríamos en febrero de 2011, me despidieron estando de baja y (embarazada), como no me han dado el alta en ningún momento, sigo cobrando la baja a través de la mutua. Y aquí empiezan mis preguntas. Me quedan unos 3 meses para dar a luz, y pretendo seguir con la baja medica y después empalmarla con la de maternidad, que supongo que me pertenece, ¿no? ¿Tengo derecho a cobrar después de la baja por maternidad los 6 meser que me quedaban de paro? ¿Y cómo tendría que hacerlo? ¿Me descuentan del paro el tiempo que he estado de baja? Si me pertenece cobrar el paro, ¿tengo derecho al 100 % por tener un hijo? En fin, si se os ocurre algo más de información que necesite saber pues me comentáis...

1 Respuesta

Respuesta
1
Enero 2010 --- 15 meses. (No dan 15 meses, serán 14 o 16)
Cobro de prestaciones . enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre (10 meses aproximadamente) quedan 4 meses o 6 meses de la prestación anterior
Noviembre 2010 -- comienzo trabajo
Enero 2011- cese relación laboral.
Baja médica... enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio (aproximadamtne 7 meses)
Nacimiento bebe-. Aproximadamente - agosto 2011
alta médica . en el nacimiento del bebe.
Paso a maternidad 16 semanas -- hasta diciembre 2011.
Hasta aquí te pertenece cobrar la baja médica y luego el permiso de maternidad.
______________
A partir de aquí tienes dos opciones.
1-.. Después de maternidad trabajar, y con el cese laboral de esta empresa ir a solicitar la reanudación de la prestación por desempleo.
Aquí cobrarías el tiempo que te quedo pendiente y una vez que acabes de cobrar la prestación contributiva podrías ver si tienes derecho a solicitar el subsidio por desempleo por agotamiento con cargas familiares, se miraría los ingresos que hay en la unidad familiar divididos entre el número de miembros que la componéis, si esta cifra no supera los 481.05 puedes solicitr la ayuda.
Y en este supuesto no se te descontaría nada del paro, por venir de un contrato laboral, no de maternidad.
Opción 2.
Acabas maternidad, y solicitas el paro.
Como entre el cese en la relación laboral (enero 2011) y el alta médica (agosto 2011) han pasado 7 meses se te descuenta de lo que te queda de paro, por lo que realmente no llegrías a cobrar nada.
Lo que si te haría el servicio público de empleo estatal (Sepe) es cotizarte ese período que te hubiera correspondido cobrar, los 5 o 6 meses que te queden de paro, te los cotizan a la seguridad social para futuras jubilaciones.
Y luego, tendrías que esperar un mes sin cobrar prestaciones, desde que te anotaste como demandante de empleo para ver si puedes solicitar la ayuda familiar, el subsidio con cargas familiares.
Hola, gracias por contestar
Tienes razón, son 16 meses los que tenia de paro y ahora me quedarían 6.
Una pregunta, ¿si escojo la primera opción... durante cuanto tiempo tengo que estar trabajando para poder después reanudar el paro? ¿Y el trabajo tendría que ser jornada completa? Gracias.
Si valdría un parcial, y tendría que ser un contrato que no sea instrumental. Sólo para evadir que no se t descuente el paro.
Si es de muy poco tiempo telo pueden denegar

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas