Eso ya es otra cosa:. Mira lo que te han querido decir en el SEPE/INEM) es que como ya as agotado la prestación por desempleo, y todavía no as dado a luz, puedes tener, derecho a que te concedan el subsidio por agotamiento de la prestación por desempleo con responsabilidades familiares lo que pasa es que tienes que permanecer un mes de espera para solicitar el subsidio por desempleo, y si te conceden el subsidio por desempleo, y esta a punto de dar a luz puedes coger la baja por maternidad pero seguirás cobrando la cuantía correspondiente a la del subsidio de desempleo, y si cuando agotes dicho subsidio continuas de baja por maternidad el SEPE/INEM)que es el organismo publico que te paga el subsidio, dejara de ingresarte el dinero que venias cobrando del subsidio porque ya no te corresponde ningún tipo de prestación económica, aunque en el INSS te seguirán atendiendo hasta que recibas el alta medica.. Lo único que cambia es que se modifica la situación como demandante de empleo, ya que no será necesario renovarla ni se recibirá convocatorias para cursos de formación, ofertas de empleo u otros servicios, eso sí, se tiene que entregar informe médico de la Seguridad Social para que SEPE suspenda la demanda de empleo.. Espero que la respuesta te sirva de orientación,, No se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo
http://www.citapreviainem.es/el-mes-de-espera-paro/