Soy Elena. Yo tengo 2 trabajos a tiempo parcial. Uno de 4 h y otro de 2 h, osea k con los 2 trabajos llego al 75%. Me despiden del trabajo de 4 h.Cumplo con los requisetos para cobrar el paro. Si en la empresa en la que trabajo 2 h me aumentan de 2 a 4 h ¿se me descuenta algo de lo que me corresponde por cobrar de prestacion del trabajo que perdi?
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Respuesta de josbian
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josbian, me gustan todos los temas de politica todo lo relacionado con la...
Si estás cobrando la prestación por desempleo, y empiezas a trabajar por cuenta ajena a tiempo parcial, puedes elegir entre interrumpir el cobro de la prestación, mientras esté vigente el contrato de trabajo, o compatibilizar el trabajo con el cobro de la prestación.. Si interrumpes la prestación y el contrato dura menos de 360 días, cuando finalice el contrato de trabajo, puedes solicitar la reanudación de la prestación que tienes interrumpida. Si el contrato dura 360 o más días, cuando finalices el contrato, puedes optar entre reanudar la prestación interrumpida o solicitar una nueva prestación por los días que te correspondan por las cotizaciones efectuadas en el ultimo contrato de trabajo.. Si compatibilizas la prestación con el trabajo a tiempo parcial, la cuantía de la prestación se reduce en proporción a la jornada que realizas, es decir que si el contrato de trabajo, a tiempo parcial como dices es de 4 horas, de la cuantía que cobras de prestación por desempleo te desquitaran la cuantía correspondiente a esas 4 horas y, si esas 4 horas representan el 50 % de la prestación por desempleo y de dicha prestación cobras al mes 1000 euros el INEM, te abonaran de la prestación de desempleo 500 euros y tu cobraras esos 500 euros, más lo que cobres del trabajo a tiempo parcial.. La duración de la prestación no varía y, al finalizar el contrato, volverás a percibir la cuantía íntegra que te corresponda por los días que te queden por consumir, pero tienes que tener en cuenta que al compatibilizar la prestación con el trabajo a tiempo parcial no solo estas consumiendo los días de desempleo que tenias acumulados de contratos de trabajo anteriores, si no que las nuevas cotizaciones por el trabajo a tiempo parcial, no generan derecho a otras prestaciones porque las estas consumiendo al mismo tiempo que las estas cobrando .si no me necesitas más no se te olvide finalizar la pregunta porque es lo único que pedimos a los usuarios