Retención Alquiler

En el epígrafe 595, si nosotros como arrendadores hemos retenido 100 y el impuesto de sociedades sale 1000 a pagar, El impuesto se queda en 1000-¿100 = 900?.
Por que se compensan el IRPF en el I.ES, ¿si son dos impuestos distintos?
Muchas gracias.

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El arrendador no retiene nunca, es el arrendatario. Las sociedades, al tributar por I.S. deben declarar sus ingresos y retenciones por el I.S. En caso de ser una persona física sería por el IRPF. Granada, Abogado tributario, [email protected]

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