Ganancia patrimonial y exención por reinversión

Hola expertos. Os cuento. Mi mujer y yo poseemos una vivienda habitual desde octubre de 2004. Precio de compra 100.000 euros. Nos queda pendiente de hipoteca. 66.200. Vamos a comprar otra vivienda, que también sería la habitual por un importe de 245000 euros. Para ello solicitamos un crédito puente, por el cual tienes el plazo de un año para vender tu actual vivienda. Como no nos llega con el 85% de hipoteca que nos concede el banco solicitamos una cuenta de crédito de 13000 euros. Esperamos vender nuestra actual vivienda en 156200 euros. Mi primera pregunta: para acogernos a la exención por reiversión total, ¿cuál sería la ganancia patrimonial que tengo que reinvertir?. Me explico, tengo que reinvertir la diferencia de precio de venta menos el valor de la hipoteca pendiente, osea 156200-¿66200 igual a 90.000 euros?, o la cantidad a reinvertir sería la resultante del precio de venta menos el precio de compra, 156200-¿100.000 igual 56.200 euros?. Además, los 13200 euros de la cuenta de crédito que usaría para amortizar parte del coste de la nueva vivienda, ¿puedo pagárselos al banco usando dinero de la ganancia patrimonial?. En caso contrario me gustaría saber las condiciones de la exención parcial, porcentaje a tributar y demás. Ya por último, teno que pagar plusvalía municipal a la venta de mi vivienda, ¿cuánto aproximadamente?. Por cierto la vivienda que voy a adquirir es de segunda mano, tiene dos años. Bueno, siento haberme extendido tanto y os doy las gracias por adelantado, ya que todo esto es muy complicado. Un saludo

Añade tu respuesta

Haz clic para o