Hacienda

Buenas Tardes, y gracias por sus buenas y rápidas respuestas.
Una persona (arrendadora) tiene alquilado un piso (para vivir, no como negocio), tras la firma, entregó en hacienda la fianza y el contrato, ¿hay algún requisito más como el presentar algún modelo como se hace cuando el uso es para negocio?. Supongo que no. ¿O con ese contrato y esa fianza, hacienda ya tiene en su poder de lo que esta señora va a recibir de alquiler?.
¿Se podría ella deducir de algo como arrendadora?
Y por último esta señora, pago gastos de sepelio por el fallecimiento de su marido, se podría deducir de ellos en la declaración o debería haberlo realizado cuando presento en hacienda la relación de bienes.
Gracias por adelantado.

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