Gastos deducibles compra vivienda

Después de haber estado investigando en la web, saco la conclusión de que los gastos deducibles fiscalmente y de una sola vez son los siguientes: gastos y honorarios de notaria, registro, honorarios de gestoría y gastos de liquidación de hacienda, tanto de la escritura de compra-venta como la de constitución de préstamo hipotecario, además de comisión de apertura del préstamo, gastos de tasación y seguros del hogar y vida. ¿Es correcto? ¿El IGIC o IVA de la compraventa es también deducible?
Respuesta
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Todos esos gastos son deducibles, así como el IVA pues es un mayor gasto de la compra-venta. No olvides, ¿el límite de 9.015? Por declarante.

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