Desgravación por reformas

Le expongo el tema.
Tengo una nave en alquiler a una empresa S.L, y por motivos de rotura en el suelo de la nave he realizado reparaciones en el suelo, pagándolo yo.
Hay 2 empresas que me han facturada un importe por retirada del suelo existente y otra por transporte y solado del suelo nuevo.
En la declaración del año que viene, puedo desgravarme estas 2 facturas deduciéndolos del importe del alquiler que cobro a la empresa a la cual tengo alquilada la nave, o estos gastos no los puedo deducir del importe total.
O sea, ingreso por alquiler-gastos por reparacion= cantidad que tengo que declarar en mi IRPF.

2 respuestas

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Si Ud esta declarando como ingreso el alquiler de la nave en su IRPF, y ha tenido que afrontar gastos de reacondicionamiento de dicha nave, no tenga duda ninguna en incluir dichos gastos como deducibles en su declaración de IRPF.
Quede claro que, si los gastos de reparación superan el alquiler anual, podrá deducir como máximo hasta el importe cobrado/declarado: el rendimiento poir alquiler en IRPF no puede ser negativo, CERO sí. El importe restante del gasto no deducido, podrá igualmente deducirse durante los 3 años siguientes.
Conserve a buen recaudo las facturas de la reparación, por si le piden cuentas.
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El importe de la reparación puede desgravarselas pero no la totalidad en la próxima declaración sino que ha de amortizarla en 10 años.

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