Rendimientos Actividades Económicas IRPF

Soy Marcos de 26 años, de Guipúzcoa. Mi duda es la siguiente.
El año pasado me di de alta en autónomos para comenzar a crear una empresa. Todavía no tiene forma jurídica propia, soy yo de autónomo y nada más. El caso es que no se como imputar los gastos de la actividad en el IRPF (cuáles imputar, si se deducen por completo o un porcentaje de los mismos, etc.)
La "empresilla" es de ocio para niños y las actividades se desarrollan en los colegios, sin tener que pagar yo alquiler. Por lo tanto, todos los gastos que tuve fueron:
- Salarios de los monitores (3. ¿200?)
- Seguridad social (¿se deduce la de empresa y la de los monitores?) (1. ¿300?)
- Gastos de actividades (llevarles al Aquarium, material tipo pinturas, etc.) (1. ¿200?)
- Cuotas de autónomo (¿350? Por 2 meses de verano) En uno de los pagos tuve penalización por pagarla más tarde, ¿es deducible el importe íntegro?
Si con la actividad obtuve pérdidas (me olvidé por completo de la Seguridad Social como empresa), ¿cómo lo hago?

2 respuestas

Respuesta
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Depende de como te hayas dado de alta en Hacienda, el cálculo puede variar. Por lo que me indicas, no estás dado de alta en módulos para tu actividad, sí que debes de ir por Estimación Directa Simplificada (eso es lo que creo por lo que me cuentas).
Pues bien, de los ingresos deduces los gastos, tal cual me has indicado. La S.S. es toda deducible, tanto la que pagan los trabajadores como la de la empresa, lo que pasa es que la que pagan los trabajadores ya la tendrás incluida en sus nóminas (tienes que mirar el bruto, no el limpio). Tu seguro de autónomo también es deducible.
La sanción por pagarla fuera de plazo NO ES DEDUCIBLE. Hacienda no se hace cargo de las multas de los contribuyentes.
El resto de gastos también lo son. Para no andarte con líos, deberías de llevarte la contabilidad con un programa, así te sería más fácil calcular el beneficio.
Del total de gastos, tienes un 5% adicional a deducir por gastos varios de difícil justificación (como impagados, etc). En la Agencia Tributaria de tu ciudad, disponen de unos pequeños manuales que te resumen todo esto y te indican los gastos que puedes deducir.
Si hay pérdidas, simplemente te saldrá cuota cero a pagar.
Si cometiste errores en la elaboración de los pagos fraccionados, no pasa nada. Anora en junio cuando hagas tu declaración de la renta, debes de consignar de nuevo la cuenta de eresultados de tu actividad. Pon entonces correctamente los gastos, calcula bien el beneficio aunque sea distinto y consigna las cantidades ingresadas como pagos a cuenta. Al final te saldrá una renta que no coincidirá, pero eso no debe preocuparte.
Si Hacienda te requiriese por discordancia, solo tienes que presentarte allí en Trámite de audiencia, explicar lo sucedido y las discrepancias entre los modelos 130 y la renta y ya está. Ellos lo corregirán y no deben de ponerte pegas.
Muchas gracias por tu rápida respuesta!
Estoy muy verde con el tema por lo que veo. Si sé que tengo que hacer la Estimación Directa Simplificada como bien dices.
Si he entendido bien, la fórmula para calcular los rendimientos de actividades económicas sería:
Ingresos totales - (gastos totales)x1, 05
Si me sale negativo, ¿lo pongo en rendimientos negativos de actividades económicas por ese importe? Es decir, ¿mi base imponible general será menor y por lo tanto la cantidad a pagar a hacienda será menor o la cantidad a percibir mayor?
Lo de los pagos fraccionados (creo que te refieres a las retenciones del 15% del IRPF) ni siquiera las hice. Vaya desastre, espero que de esta aprenda.
Por favor, confírmame si he entendido bien. De todas formas, te haré caso y pediré el manual explicativo.
Muchas gracias de nuevo!
Tal vez no me he expresado bien antes. El 5% se calcula obre el Rendimiento Neto, no sobre todos los gastos. Es decir, restas de los ingresos todos los gastos deducibles y a ese resultado, le aplicas el 5% y lo consideras como gastos de difícil justificación.
La fórmula seria : GastosDifílJustificación = 5% x (Ingresos - GastosDeducibles)
Respuesta
Siento decirte que por correo es imposible darte una explicación coherente. Sugiero que te pongas en manos de un gestor que te cobrará muy poquito y te solucionará esos problemas además de evitarte disgustos futuros con hacienda en caso de equivocaciones.
Saludos
Jaime Feiner
[email protected]

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