Venta local

La operación de venta de un local entre 2 Sociedades limitadas, tributa por el 16%, está exento o bien tributa por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.

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Si la operación es una segunda o posterior entrega estaría exenta de IVA por lo que tributaría por el ITP, no obstante al realizar la venta dos sociedades podrían renunciar a dicha exención si se cumplieran unos ciertos requisitos...
a) Que el adquirente sea sujeto pasivo del IVA que actúe en el ejercicio de su actividad empresarial o profesional.
b) Que el adquirente tenga derecho a la deducción total del IVA soportado por la correspondiente adquisición.
c) Que el adquirente declare por escrito las dos circunstancias anteriores.
d) Que el transmitente comunique fehacientemente al adquirente la renuncia con carácter previo o simultáneo a la entrega del bien.

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