¿Permuta por pisos y efectivo?
En el año 2007 un familiar permutó un casa por 1 piso y dinero en efectivo: como más del 50% de la permuta era en piso (70% fue la valoración del piso y el resto en dinero efectivo) en Notaría nos dijeron que por Ley se consideraba el 100% de la operación como permuta: es decir, el dinero en efectivo tributó por el impuesto de IVA, al igual que el piso. He consultado con conocidos y alguna gestoría y no saben decirme si esto es así o se podría haber evitado: ¿Conocéis algún caso similar? ; Este año en IRPF creo que se debe poner la ganancia patrimonial que supone el dinero en efectivo, pero realmente se recibió ese dinero menos el 7% de IVA que lo tributó; luego ¿Debo restar el importe de ese impuesto de cara a calcular la ganancia patrimonial? ¿Es realmente obligatorio que si más del 50% de la operación se "permuta" por inmuebles, todo se considere permuta y te graven con el 7% de IVA tanto los inmuebles como el dinero en efectivo?
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Respuesta de victor36
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