Ya pronto tendré que hacer nuevamente la declaración de la renta y tengo una duda respecto al alquiler de mi piso. Hace 1 año vendí mi piso el cual estaba pagando hipoteca y me fui a vivir de alquiler a otro. ¿Puedo declarar el alquiler del piso donde estoy? Como nota decir que vivo en Tarragona.
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Respuesta de enricm2
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enricm2, Licenciado en Físicas, especiliadad Electrónica e Informática y...
Si estás empadronado en ese piso y figura allí tu domicilio fiscal, no veo ningún inconveniente. Asegúrate de que cumples con todos los requisitos que exige Hacienda para desgravar tu alquiler, más las ayudas específicas que pueda haber establecido tu comunidad autónoma.
Muchas gracias por tu rápida respuesta, pero me quedan algunas dudas. - ¿Cuáles son los requisitos que exige Hacienda? - ¿Me podrías informar de las ayudas específicas que mencionas? Saludos y gracias
Aquí tienes el manual oficial de la AEAT. Al ser las ayudas por alquiler de vivienda competencia de las Comunidades Autónomas, no me las sé todas de memoria, pero aquí están catalogadas. De todos modos, vamos a ver en que consiste esta Deducción por alquiler de la Vivienda Habitual a nivel estatal: Se podrá deducir el 10,05% de las cantidades pagadas durante el periodo impositivo por el alquiler de nuestra vivienda habitual. Es decir los alquileres que hayamos pagado por nuestra vivienda Habitual desde el 01/01/2008, hasta el 31/12/2008. ¿Esta deducción sólo se la podrán aplicar aquellos contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 24.020?, es decir, cuando las sumas de las casillas 455 y 465 no supere dicho importe. Base Máxima de la deducción, o importe máximo sobre el cual podremos aplicar ese 10,05%: ¿Será de 9.015? Anuales, ¿cuándo la base imponible sea igual o inferior a 12.000? Anuales ¿Cuándo nuestra base imponible se encuentre entre 12.001? ¿Y hasta 24.020?, se calculará en función a esta fórmula: 9.015 - [0,75 x (BI-12.000)]. Es decir, ¿todo aquellos cuya base imponible sea superior a los 24.020?, anuales estarán excluidos de esta deducción, asunto que hasta cierto punto no me parece justo. Y es que en principio esta deducción podría entenderse como un intento de equiparar a los que viven de alquiler con la deducción por adquisición de la vivienda habitual. Y si nos fijamos el límite del importe sobre el que podemos aplicar la deducción es igual que en el de la deducción por la adquisición. Por lo tanto, para este año, si cumplimos las condiciones establecidas podríamos beneficiarnos de dos deducciones por alquiler de la vivienda habitual, la estatal y la autonómica. Recordar también que Comunidades Autónomas tienen deducción por alquiler: Andalucía Asturias Islas Baleares Islas Canarias Cantabria Castilla y León Cataluña Extremadura Galicia Madrid Comunidad Valenciana Ojo porque las ayudas pueden variar mucho. Contrasta lo anterior con el manual que te he indicado.