Cuantía importe de inversión en vivienda habitual para deducción estatal y autonómica

Soy propietario de una VPO que es residencia habitual y comprada en 2007 sita en Andalucia. Mi pregunta es si para IRPF 2012 el importe a anotar como importe de inversión en "Deducción por inversión en adquisición de vivienda habitual" es el formado por los pagos de hipoteca realizados en 2012(capital+intereses) y los seguros de vida e incendio obligados por el banco y si este mismo importe lo puedo anotar como importe satisfecho en 2012 con derecho a deducción por inversión en vivienda habitual protegida para la "deducción autonómica".

A la espera de respuesta a mi pregunta, muy atentamente un saludo

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Respuesta
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Efectivamente la base de la deducción por adquisición de vivienda habitual la forman el importe satisfecho de la hipoteca - intereses mas capital y los seguros de hogar y vida si son obligatorios para la concesión de la hipoteca.

La base de la deducción autonómica por adquisición de vivienda habitúal es la misma que la establecida en la normativa estatal.

132045-deducción por inversión en vivienda habitual protegida
Pregunta
¿En qué consiste la deducción autonómica por inversión en vivienda habitual que tenga la consideración de protegida?
Respuesta
Los residentes en la Comunidad Autónoma de Andalucía tienen derecho a aplicar una deducción del 2 por 100 de las cantidades satisfechas en el año por la adquisición o rehabilitación de la vivienda que constituya o vaya a constituir su residencia habitual, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
- Que la vivienda tenga la calificación de protegida de conformidad con la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en la fecha de devengo del impuesto.
- Que los ingresos anuales de la unidad familiar no excedan de 5,5 veces el IPREM (Indicador de Público de Rentas de Efectos Múltiples), considerándose como tales los compuestos por la base imponible general y la base imponible del ahorro.
- Que la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual se haya iniciado a partir del 1 de enero de 2003.
Se entiende como fecha de inicio la que conste en el contrato de adquisición o de obras.
El concepto de vivienda habitual y las normas para determinar la base de la deducción (cantidades satisfechas con derecho a la deducción y límite máximo) son las establecidas en la normativa estatal del impuesto.
Esta deducción es incompatible con la deducción por inversión en vivienda habitual por personas jóvenes.
Normativa/Doctrina
Artículo 6 y 2 Decreto Legislativo 1 / 2009, de 01 de septiembre de 2009 de la C. Aut. De Andalucía modificado por Ley 11/2010 .

Espero haberte ayudado.

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