Contabilizar los intereses impuestos fraccionados

En que cuenta contabilizar los interese generados por el fraccionamiento del pago de impuestos.
Respuesta
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¿Entiendo qué habla del gasto por los intereses a la hora de solicitar el fraccionamiento de cualquier impuesto? ¿Verdad?
En dicho casos, estos intereses deberían contabilizarse en la cuenta 669 Otros gastos financieros, puesto que dichos intereses son gastos de naturaleza financiera y no están recogidos en otras cuentas del Nuevo Plan General Contable.
El funcionamiento general de dicha cuenta será carga por el importe de los gastos devengados, con abono, generalmente, a cuentas del subgrupo 57 o a una cuenta representativa de la deuda con la Administración Tributaria.
Espero haberte sido de ayuda, si tienes más preguntas o consultas y necesitas un asesoramiento más profesional y personalizado puedes ponerte en contacto conmigo en la siguiente dirección de email: [email protected] o al número de móvil 669.446.233
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Efectivamente me refería a los intereses generados por fraccionamiento de pago en cualquier tipo de impuestos, en este caso era referente al modelo 110. Gracias por indicarme la cuenta. Entiendo que se contabiliza una vez se realice el pago, ¿no?

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