Prestación de servicios intracomunitarias

La empresa en la cual trabajo va a comenzar a realizar prestaciones de servicios en Portugal y nos hemos dado de alta en el ROI. En concreto se trata de mantenimiento y reformas de locales. Lo que hacemos es contratar a autónomos o empresas para que realicen el trabajo que nos han encargado: sustitución a/a, reparaciones eléctricas, etc...
¿Cómo nos deben facturar los proveedores portugueses con iva o sin iva?, ¿Cómo debemos facturar nosotros a nuestro cliente tanto si es portugués o español? ¿Qué hago con el iva?
Estoy intentando recabar información por muchos sitios pero cada vez me lio más.

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Al realizarse el trabajo en Portugal si los autónomos son portugueses deberán emitir sus facturas con IVA Portugués que no es deducible para tu empresa española directamente. Tu deberás contabilizar ese IVA por separado del resto de IVA nacional y solicitar la devolución a Portugal a través del modelo 360 (se realiza por vía telemática). En cuanto a tus facturas, la operación que realizas no está sujeta a IVA español por lo que no llevarán IVA tanto si la empresa cliente es española o portuguesa.
Solamente indicarte que el proceso de devolución es lento aunque Portugal no es el peor de la UE

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