IT y deducción por maternidad

¿Me gustaría saber si estando en situación de incapacidad temporal tengo derecho a la deducción por maternidad de 100€ de la agencia tributaria?

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Respuesta
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Aunque estes de baja por maternidad la empresa en la que estas trabajando sigue cotizando por ti, si las cotizaciones mensuales superan la cantidad de 100 euros tienes derecho al importe integro de la deducción, si las cotizaciones ingresadas son por debajo de los 100 euros - tienes derecho a la deducción por importe de la cuota ingresada.

Te copio unas consulta de la AEAT sobre los requisitos para aplicar la deducción por maternidad y el importe de la misma en función de las cotizaciones ingresadas.

27217-deducción por maternidad: requisitos (régimen general)
Pregunta
¿Cuáles son los requisitos para la aplicación de la deducción por maternidad?
Respuesta
Que se trate de una mujer, con carácter general, con al menos un hijo menor de 3 años con derecho a la aplicación del mínimo por descendientes .
Que realice una actividad por cuenta propia o ajena con alta en la Seguridad Social o mutualidad.
Normativa/Doctrina
Artículo 81 Ley 35 / 2006, de 28 de noviembre de 2006 .
Informe D.G.T de diciembre de 2002

Pregunta

La madre cotiza 1.100 euros (cotización por cuenta del trabajador. La cotización por cuenta del empleador es de 400 euros ¿qué deducción aplica?

Respuesta
1.200 euros anuales por hijo, si cumple el resto de los requisitos, 1.200 es el límite máximo por hijo (en este caso no puede deducir 1.500 sino 1.200). Si cotiza menos, el importe cotizado será el límite por hijo de la deducción. Por importe cotizado se entiende siempre la suma de lo cotizado por cuenta del trabajador más lo cotizado por cuenta del empleador.
Normativa/Doctrina
Artículo 81 Ley 35 / 2006, de 28 de noviembre de 2006 .
Artículo 60 Real Decreto 439 / 2007, de 30 de marzo de 2007 .

Espero haber aclarado tus dudas.

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Disculpe, no comente que soy autónomo y e cotizado a 254€ mensuales. La baja no es por maternidad, es por enfermedad común.

pedí la deducción por maternidad adelantada de 100€ mensuales y ahora en la declaración de la renta me dicen que según el articulo 81 y el 60 no me corresponde.

En la baja por enfermedad común es lo mismo, mientras estas de baja sigues pagando tus cuotas de autónomos. No veo porque no es aplicable el pago anticipado.

Te aconsejo que te acerques a tu delegación, en la sección de renta y hables con ellos.

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