Cambio a hipoteca en divisas

Hola, ¿a mi me quedaban 36300? ¿De mi hipoteca y ademas tenía otro préstamo personal por un vehículo de 24000? ;, lo que he hecho ha sido pedir un préstamo que me dieron el año pasado, en CHF (¿hipoteca multidivisa) por valor 67000?, liquide el préstamo personal y la hipoteca del banco y ahora sólo tengo el hipotecario en multidivisa. Mi pregunta es ¿a la hora de hacer la declaración este año por cuanto me podre deducir por 9000? ; ¿Máximo cómo todos los años y así sucesivamente en los años siguientes hasta terminar la hipoteca o me tendré que desgravar de una vez por todo (9000? Aprox; por declaración en al año 2002) y no poder seguir deduciéndome los años siguientes. Muchas Gracias

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Es independiene del tipo de hipoteca, simplemente la entidad crediticia te debe facilitar el correspondiente contravalor a Euros a efectos de la declaración.
Sí efectivamente, eso ya lo sé. Mi pregunta se refierea a que yo debía 6 millones al BBVA por la hipoteca del piso y al pedir un préstamo hipotecario en Francos Suizos (porque en el banco me han dicho que no podía subrogar el préstamo hipotecario en E a un prestamno hipotecario en divisa CHF)he pedido 10 millones para cancelar el préstamo que tenía con el BBV del piso (6 millones) y otros 4 para cancelar un préstamo personal que tenía por la compra de un coche. ¿Y mi pregunta es como debo desgravarme este año por cancelación de préstamo (6 millones) y no tener derecho el año que viene a desgravación? O sumar lo que pague de piso en letras del BBV y sumar las letras del préstamo multidivisa del año pasado, y desgravarme normalmente como si no hubiera cambiado de Banco y de tipo de hipoteca
Te desgravas normalmente como si no hubieras cambiado de banco, a efectos fiscales lo que importa es tu estado no las transiciones.
Hola, los gastos de cancelación de la antigua hipoteca y la apertura de una nueva (por un valor de 10 millo en vez de 6 como me quedaban) también me los puedo desgravar este año (se hizo el año pasado)notario, tasación,...
Son gastos financieros inherentes al hecho impositivo, o sea que hayan sido financiados o pagados por adelantado son parte de la hipoteca. Si los has incorporado al nuevo crédito, ahí están. Si los has pagado aparte son como si las cuotas de este año fuesen más altas.

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