Bienes de inversión, iva e irpf (autónomos)
Me compré un ordenador (soy informático, autónomo) en junio, pero no lo incluí en las declaraciones trimestrales del segundo trimestre. Claramente es 100% afecto a mi actividad económica.
Pongamos que fueron 1000 eur de base imponible y 210 de iva
¿Puedo incluirlo ahora, en las declaraciones del tercer trim.? ¿Cómo se hace?
A ver, con respecto al iva en el impreso 303:
- ¿Lo pongo en las casillas 32 (1000) y 33 (210)? ¿O tengo que poner sólo un porcentaje de la base imponible máximo anual permitido, y su correspondiente cuota resultante?
- o, ¿debo poner directamente 210 en la casilla 35 (regularización de inversiones)?
Con respecto al irpf trimestral impreso 130
- ¿Se incluye en los pagos trimestrales?
- ¿O se incluye el porcentaje máximo anual en la declaración anual impreso 100?
- ¿Cuál sería ese porcentaje?