Reparto de beneficios

HOLA. Me gustaría que me indicaras, que se hace con las reservas legales y/o voluntarias de años anteriores, y también, como realizo el reparto de beneficios de un ejercicio., no hay perdidas acumuladas, ya están compensadas.Un saludo. Gracias

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Respecto a las reservas legales, no puedes tocarlas, salvo casos específicos contemplados en la legislación mercantil. En cuanto a las reservas voluntarias, son de libre disposición, o bien se mantienen en reservas, o cuando el consejo de administración de la sociedad así lo decida, puede realizarse reparto de beneficios con cargo a dichas reservas voluntarias.
El asiento de distribución de resultados del ejercicio 2003 se hace en la contabilidad del 2004 de la siguiente manera incluyendo el reparto de beneficios:
D - (129)
112)- Reserva legal-H
(117)-Reservas voluntarias-H
(525)Dividendo activo a pagar - H
Posteriormente cuando se realice el pago efectivo de los dividendos repartidos el asiento es el siguiente :
D-(525)
(572)-H
(4751)-H
Ten presente que la retención de IRPF sobre los dividendos que llevas a la cta.4751 debes declararla en Hacienda con el modelo 123 y a final de año presentar el resumen anual modelo 193.
Si tienes alguna duda más no dudes en consultarme.
Gracias por tu ayuda. Me parece que te voy a molestar bastante, ya que tus aclaraciones me están ayudando mucho. ¡ Cuenta con ese café!

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