IRPF por cuenta ajena y como autónomo

Este año he trabajado por cuenta ajena solo dos meses y ahora empezaré a trabajar como autónomo.

Al ser mi primera vez como autónomo, tengo entendido que solo debo pagar un 9% de IRPF, pero mi pregunta es:

¿Cuánto deberé pagar de IRPF por los meses trabajados por cuenta ajena cuando haga la declaración?

Al ser solo dos meses, no llegaría al tramo mínimo, o debería sumar los ingresos de ambas actividades y pagar sobre el total un 24,75%, 30%, 40%, ... ¿según el tramo? En cuyo caso no puedo beneficiarme de pagar solo el 9%.

Respuesta
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Tanto el importe que le hayan retenido en su trabajo por cuenta ajena, como el 9% de retención de sus facturas como autónomo, son solo pagos a cuenta del IRPF. Si usted factura mas del 70% de su facturación como autónomo con retención, no esta obligado a presentar pagos fraccionados trimestrales del IRPF, pero si tiene que presentarlos, igualmente, son pagos a cuenta...

En la declaración de renta, se ha de indicar los ingresos, según su procedencia, por un lado lo que haya recibido como trabajador por cuenta ajena, indicando su correspondiente retención y por otro, los datos de la actividad (ingresos y gastos), con sus correspondientes retenciones o pagos a cuenta.

En cuanto a cuanto pagara... puede hacer una simulación con el programa PADRE de la agencia tributaria.

Gracias por su respuesta.

Lo que necesito saber en el fondo, y no me queda claro, es si por la parte correspondiente a la actividad como autónomo tendría que pagar al final más de ese 9%?

(no importa si la retención es en las facturas o presentando pagos fraccionados trimestrales, lo que me interesa es saber el % total de IRPF que tendré que pagar por esa actividad).
Gracias de nuevo.

Saludos.

Esa es una cuestión algo mas compleja... pero del beneficio de la actividad, su tipo impositivo sera mayor del 9%. Pero la retención es por los ingresos (facturación emitida) y en cambio el IRPF se calcula en proporción al beneficio. Por lo tanto, si factura mucho y tiene poco beneficio, es posible que le salga incluso a devolver...

Ok,

Entonces, digamos que si facturo 10.000, se me retendrán 900 (9% de los ingresos).

Pero a final de año, si de esos 10.000 mis beneficios han sido digamos 8.000, debería pagar de IRPF: 1.980 (24,75% de 8.000) - 900 (pagados a cuenta) = 1.080.
Es correcto?

Gracias una vez más.

Aunque desde esta pagina nosotros no realizamos cálculos, es como usted indica.

Lo mejor que puede hacer es una simulación con el programa PADRE, para tener una idea aproximada.

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