Alquiler vpp

Llevo saliendo con una chica poco tiempo y resulta que los dos estamos metidos en pisos de vpp. La pregunta es: ¿Si nuestra relación sigue adelante y decidimos vivir en uno de los dos pisos, podemos alquilar el otro como vpp?
Respuesta
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SI, puedes arrendar la vivienda de vpp pero la cuantía máxima de la renta de los alquileres que cobres al inquilino no debe superar las normas recogidas en el artículo 120 del Decreto 2114/1968, esto ¿cuánto es?
* La renta mensual de las viviendas será fijada multiplicando la superficie útil por la centésima parte del módulo de vpp y por el coeficiente de 2.20.
Ejemplo, vivienda 70 m2 útiles, precio de m2 de vpp 900 euros (éste dato te lo dice la Comunidad Autónoma) y por 2.20.
Resultado 70*(900/100)*2.20 = 1386 euros al mes.
Esta sería la cuantía máxima de la renta mensual que debes poner en el contrato de arrendamiento. También te comento que existen ciertas matizaciones a esta regla, pero este es el caso general.

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