Trabajo puntual a parte de un trabajo por cuenta ajena
Tengo un trabajo por cuenta ajena (dado de alta seg social, etc) pero me ha surgido la posibilidad de hacer un trabajo específico que no necesita tiempo presencial en la empresa para la que lo realizo. Mi pregunta es si puedo hacer ese único servicio que se realiza sin presencia fija entregando un informe, y si lo puedo facturar sin darme de alta por autónomo.
Es decir puedo facturar a la empresa, añadir ese importe a mi IRPF como rendimiento del trabajo (reteniendo lo habitual a profesionales tipo arquitectos, creo 18%).?
Gracias de antemano