Puedo deducir por vivienda habitual teniendo alquilada la vivienda 4 meses

Compre mi única vivienda en julio de 2007 y no he vivido en ella por razón del empleo. En el ejercicio de 2007, 2008, 2009 y 2010 deducí por vivienda habitual.

En septiembre de 2011 la he alquilado, puedo deducir por vivienda habitual 8 meses, declarando el alquiler de los 4 meses.

En el alquiler puedo meter la parte proporcional (4 meses) de los intereses del préstamo, del seguro de vida, del seguro de la vivienda, de la comunidad y del importe del IBI.

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Respuesta
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Efectivamente si a mitad de año por ejemplo has alquilado tu vivienda habitual podrás deducirte por adquisición de vivienda habitual por el periodo de tiempo que no ha estado alquilado. Tendrás que ver entonces los intereses y la amortización del préstamo que has pagado en esos meses

Por el resto de meses que ha estado alquilado tendrás que declarar los ingresos que hayas tenido y te podrás deducir los gastos correspondientes a esos meses: intereses del préstamo, gastos de conservación, parte proporcional del seguro, del IBI y de la tasa de basuras (siempre que todo esto lo asumas tú y no lo estés repercutiendo al inquilino, gastos de administración, vigilancia y portería de los meses en que estuvo alquilado, gastos jurídicos o de formalización del arrendamiento, saldos de dudoso cobro y la parte proporcional de la amortización del inmueble (hasta un 3% del precio de compra sin impuestos ni valor del suelo)

Espero haberte ayudado. Por favor, no olvides valorar. Si necesitas ayuda con tu declaración o quieres que la revisemos estamos ofreciendo precios muy ajustados para los usuarios de todoexpertos. Un saludo,

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