Autónoma. ¿Cómo se computan los gastos de informática (un porcentaje cada año)?
Mi consulta son las siguientes en relación a la declaración trimestral del IRPF:
Estoy dada de alta en el epígrafe 726 como psicóloga.
- En 2011 compré dos artículos de fotografía y en la renta computé un 26% del valor de los mismos. Querría saber si es correcto.
- En el 2013 compré otra cámara fotográfica para actualizar las anteriores , por lo que la pregunta es si ahora en la declaración del primer trimestre continúo incorporando un porcentaje por la cámara del 2011 o ya al comprarme otra y vender esa no correspondería que continuara computando la amortización de la anterior?
- Es correcto este porcentaje que apliqué? Tengo dudas al respecto.
Agradezco desde ya la información.